jueves, 30 de septiembre de 2010

Anuncia IMSS Apoyo a patrones afectados por Karl

El dia de hoy en la ciudad y puerto de Veracruz, el Director Daniel Karam dio un anuncio ya esperado, que son los beneficios en materia de cuotas obrero-patronales para el sector empresarial. A continuacion el comunicado de prensa del imss:


miércoles, 29 de septiembre de 2010

Declaratoria de Desastre Natural 29 Septiembre 2010


El dia de hoy 29 de septiembre de 2010, se da a conocer la Declaratoria de Desastre Natural para diversos municipios del Estado de Veracruz.

Cabe recordar que el dia 7 de septiembre ya se habia dado a conocer otros municipios como desastre natural.

Los municipios declarados desastre natural que se señalan a continuacion ya podran verse beneficiados con el Decreto de Beneficios Fiscales publicado el dia 24 de septiembre de 2010.

sábado, 25 de septiembre de 2010

Decreto de Beneficios Fiscales Locales para Veracruz por Karl


A continuacion dejamos a su disposicion el decreto promulgado por el Lic. Fidel Herrera Beltran, Gobernador de Veracruz, donde se dan beneficios fiscales para los veracruzanos.

Municipios que pueden aplicar el Decreto de Beneficios Fiscales

Se hace la precision de que municipios pueden aplicar desde este momento el decreto de beneficios fiscales por el huracan Karl.




viernes, 24 de septiembre de 2010

Extracto del Decreto de Beneficios Fiscales Veracruz

Acontinuacion ponemos a su disposicion un extracto del decreto de beneficios fiscales para los afectados en veracruz por el huracan karl.

1. Se exime de la obligación de pagos provisionales del ISR y del IETU por los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2010, al segundo cuatrimestre y al segundo semestre de 2010, las cuales son personas morales, , personas físicas con actividades empresariales y profesionales, régimen intermedio, así como quienes obtengan ingresos por arrendamiento.
2. Se exime de la obligación de efectuar pagos definitivos (cuota fija) a los REPECOS
3. Deducción al 100% para ISR de las inversiones en bienes nuevos de activo fijo, de conformidad con el artículo 220 de LISR que se realicen entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2010. Quienes cuenten con seguro contra daños sobre los bienes de activo fijo que se hubieran declarado como pérdida total o parcial, solo podrán aplicar el porcentaje del párrafo anterior, sobre el monto recuperado del pago por indemnización de las aseguradoras
4. En materia de retención de ISR por sueldos y salarios, por los periodos de septiembre y octubre de 2010, lo podrán efectuar en 2 parcialidades iguales. Para esto, la primera parcialidad se enterara en noviembre de 2010 y la segunda en diciembre de 2010, debidamente actualizada, SIN PAGO DE RECARGOS.
5. En cuanto al IVA, se podrá pagar los meses de septiembre y octubre en 2 parcialidades, la primera se enterara en noviembre de 2010 y la segunda en diciembre de 2010, debiendo actualizar los montos históricos, SIN PAGO DE RECARGOS.
6. Para quienes estén pagando en parcialidades autorizadas por el SAT de acuerdo al artículo 66 del CFF, podrán diferir el pago de la parcialidad del mes de septiembre de 2010 y subsecuentes, a partir del mes de noviembre de 2010, no deberán pagarse recargos por prorroga o mora
7. Quienes tengan su domicilio fiscal fuera de las zonas afectadas, pero tengan una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento en las zonas afectadas, solo gozaran de los beneficios fiscales por los ingresos, activos, retenciones, valor de actos o actividades y erogaciones correspondientes a la sucursal, agencia o establecimiento. Tratándose del IVA, no se deberán de considerar en el pago mensual de dicho gravamen, por los actos o actividades realizados fuera de las zonas afectadas, el impuesto acreditable que corresponda a los actos o actividades por lo que se aplica el beneficio.
8. Para aplicar los beneficios fiscales que se otorgan, deberán de hacerlo por todos los pagos provisionales a que se refiere el decreto por el periodo de septiembre a noviembre de 2010.
9. Quienes paguen en parcialidades de acuerdo al decreto, no están obligados a garantizar el interés fiscal en términos del artículo 66 fracción II del CFF.
10. Las zonas que se consideran afectadas son las que se mencionan en la declaratoria de desastre natural. Se considera que los contribuyentes tienen su domicilio fiscal, sucursal o agencia o cualquier otro establecimiento, en las zonas afectadas en el Estado de Veracruz, cuando hayan presentado el aviso correspondiente ante el RFC con anterioridad al 1 de septiembre de 2010.
11. Los beneficios fiscales no aplica para la federación, al estado de Veracruz, ni a los municipios, ni sus organismos descentralizados.
La aplicación de los beneficios fiscales establecidos en el presente decreto, no darán lugar a devolución o compensación alguna diferente a la que se tendría en caso de aplicar dichos beneficios.
12. El SAT podrá expedir las disposiciones de carácter general necesarias para la correcta de debida aplicación del presente decreto.
Entrara en vigor el día de suplicación en el DOF y estará vigente hasta el 1 de enero de 2011.



DECRETO BENEFICIOS FISCALES HURACAN KARL

El dia de hoy fu publicado el decreto de beneficios fiscales para los afectados por el huracan Karl, es sin duda alguna un aliciente en estos momentos de crisis e incertidumbre que vivimos los veracruzanos, ahora solo falta esperar que tanto el IMSS como el INFONAVIT, tambien den facilidades. El decreto a continuacion:





jueves, 23 de septiembre de 2010

SEGURO DE DAÑOS INFONAVIT POR KARL

Bueno dentro de tanta desgracia que esta viviendo el puerto de veracruz, lo menos que se podia esperar eran apoyos de todo tipo, y en especial para quienes perdieron todo y resultaron dañadas sus casas, casas que fueron adquiridas mediante infonavit.


miércoles, 22 de septiembre de 2010

Incentivos Fiscales Veracruz-Propuesta


Esperemos que estos beneficios fiscales anunciados se concreten, pues, la situacion en veracruz es verdaderamente grave, aunque la economia no se para, pero si afecto y mucho, pues las zonas turisticas en algunos lados estan totalmente destruidas, y personas que perdieron todo. Acontinuacion el comunicado.

martes, 14 de septiembre de 2010

PRIMERA RMF 2010 Y ANEXO 1-A

La tan esperad Primera Resolucion Miscelanea Fiscal para 2010..por fin fue publicada luego de tantos anteproyectos el dia de hoy 14 de septiembre se publico en el DOF a continuacion el link de descarga del DOF

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5159342&fecha=14/09/2010


Staff Comentarios Fiscales
JRU

lunes, 13 de septiembre de 2010

Bancos cierran puertas el 17 de septiembre

Confirmado el dia de hoy en el DOF, se publico que las entidades financieras... que esten sujetas a la supervision de la comision nacional bancaria y de valores, deberan de permacer cerrada el dia 17 de septiembre de 2010, en conmemoracion a los festejos del bicentario.


http://www.mediafire.com/download.php?skt3783ixuf35q7


Fuente: DOF

Staff comentariosfiscales

JRU

sábado, 11 de septiembre de 2010

Dias inhabiles 15,16 y 17 de Septiembre

Pues no dan gana de mencionarlo pero es un deber hacerlo...El dia de ayer 10 de septiembre salio publicado en el DOF un decreto, donde por la conmemoracion del bicentanario y centario de la independencia y revolucion mexicana, se establecen como dias inhabiles, los dias 15,16 y 17 del mes de septiembre, cabe aclarar que esto solo aplica para los trabajadores que esten regidos bajo el apartado B del articulo 123 de la CPEUM, es decir, los empleados de gobierno, incluyendo escuelas

En cuanto a operaciones con bancos, estos permaneceran abiertos los dias 15 y 17, aunque podria haber algun cambio de ultima hora

Se les recomienda estar al pendiente para que no se vean afectadas las operaciones bancarias y laborales.

Aqui lo publicado en el DOF

http://www.mediafire.com/download.php?ydykmomjxqfhcyt

Staff de Comentarios Fiscales
JRU/EVG

martes, 7 de septiembre de 2010

FIRMAN SAT E IMSS CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA


El Servicio de Administración Tributaria (SAT) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) firmaron hoy un Convenio de Colaboración Administrativa para el Intercambio de Información en materia fiscal.
“2010, año de la Patria. Bicentenario del Inicio de la Independencia y Centenario del Inicio de la Revolución”


viernes, 3 de septiembre de 2010

Facturacion Electronia en Marcha

El dia de hoy mediante una conferencia de prensa se anuncio la puesta en marcha de la facturacion electronica,

se dieron algunos beneficios, les anexo la siguiente liga:

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/noticias_boletines/33_9040.html#com_123



De igual forma se da a conocer en la pagina del SAT la nueva version del anteproyecto de la primera resolucion miscelanea fiscal

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/legislacion/52_1359.html

Video Conferencia del SAT Facturacion Electronica

Les dejamos a su consideracion el siguiente link... http://twitcam.livestream.com/1vqp1
Esperemos que aclaren muchas situaciones con respecto a la facturacion electronica