sábado, 18 de diciembre de 2010
viernes, 17 de diciembre de 2010
ANEXO 21 INFORMACION ALTERNATIVA AL DICTAMEN
Como recordaran el dia 30 de junio por decreto presidencial,mediante el cual se otorgaron "segun" facilidades adminitrativas, .el dictamen dejo fiscal dejo de ser obligatio, generando con esto preocupacion entre algunos colegas dictaminadores, que en primera instancia se preocuparon, pero era de esperarse que la autoridad no estaria dispuesta a no tener como obtener informacion para fiscalizar, por lo tanto, se especulo durante estos meses la forma en como se haria llegar dicha informacion, y el dia de hoy 17 de diciembre, sale publicado en el DOF el anexo 21 de la RMF, donde nos da a conocer lo siguiente:
miércoles, 17 de noviembre de 2010
SUA 3.2.9
Con el incremento de la cuota del seguro de daños del infonavitde $13.00 a $15.00 la autoridad tuvo la necesidad de adecuar el sua apartir del 6º bimestre de 2010, dicha actualizacion se debera de efectuar antes de efectuar su pago el 17 de enero de 2011.
Guia de instalacion
http://www.imss.gob.mx/NR/rdonlyres/0CC18A39-86A4-4B34-9EB7-978FDFF6F07D/0/instruccionessua329.pdf
Descarga del complemento
http://200.57.146.129/sua/complementosua329.exe
Guia de instalacion
http://www.imss.gob.mx/NR/rdonlyres/0CC18A39-86A4-4B34-9EB7-978FDFF6F07D/0/instruccionessua329.pdf
Descarga del complemento
http://200.57.146.129/sua/complementosua329.exe
martes, 16 de noviembre de 2010
Madres Trabajadoras y sus Derechos
Toca el turno a
Madres Trabajadoras y sus Derechos
http://www.mediafire.com/?tlnfsqu1op2g777
Madres Trabajadoras y sus Derechos
http://www.mediafire.com/?tlnfsqu1op2g777
miércoles, 10 de noviembre de 2010
Ayuda---Help
El dia de hoy, el staff de comentarios fiscales se une a la peticion de busqueda... de la adorada sobrina del Lic. PPSOTO.
Estimado Lic. sabe que cuenta con el apoyo moral de la gente que le aprecia y le reconoce su labor altruista para con los demas en la profesion.
Palabras de aliento..nos son algo dificil de expresar, pues tan solo en pensar la angustia que estan pasando, nos hace un nudo en la garganta, porque para quienes tenemos hijos o sobrinos, es dificil el solo imaginar lo que esta pasando.
Que dios y la virgen pronto la regresen a casa.
Un Abrazo
http://www.facebook.com/photo.php?fbid=438520512059&set=a.74653427059.88086.596607059
Estimado Lic. sabe que cuenta con el apoyo moral de la gente que le aprecia y le reconoce su labor altruista para con los demas en la profesion.
Palabras de aliento..nos son algo dificil de expresar, pues tan solo en pensar la angustia que estan pasando, nos hace un nudo en la garganta, porque para quienes tenemos hijos o sobrinos, es dificil el solo imaginar lo que esta pasando.
Que dios y la virgen pronto la regresen a casa.
Un Abrazo
http://www.facebook.com/photo.php?fbid=438520512059&set=a.74653427059.88086.596607059
martes, 12 de octubre de 2010
IVA en operaciones con moneda extranjera
Lo prometido es deuda, apartir de el dia de hoy estaremos poniendo a su alcance diversos articulos que ya fueron publicados en revista como vanguardia fiscal, PAF y en algunos portales como www.aportacionesfiscales.com el dia de hoy le toca el turno a
IVA en operaciones con moneda extranjera.
A continuacion ponemos el link de descarga:
http://www.mediafire.com/?ouaprm3ftt0f6a9
Staff
JRU/EVG
IVA en operaciones con moneda extranjera.
A continuacion ponemos el link de descarga:
http://www.mediafire.com/?ouaprm3ftt0f6a9
Staff
JRU/EVG
martes, 5 de octubre de 2010
Depuracion IDSE Aviso a Patrones
Con la finalidad de ofrecer un mejor servicio, en cuanto a tramites del IDSE, el IMSS publico lo siguiente en su pagina de acceso
Estimado Patrón:
Con el objeto de que el Sistema IDSE continúe brindándole un mejor servicio, se le comunica que a partir de 2011 el Instituto mantendrá disponible la información respectiva a movimientos afiliatorios por un plazo de 30 días después de transmitida, por ello se realizará una depuración a la información disponible en el módulo de Movimientos Afiliatorios, la cual se llevará a cabo en 3 etapas:
1ª. Información correspondiente de los años 2005 a 2007, estará a su disposición hasta el 15 de octubre de 2010.
2ª. Información correspondiente de los años 2008 y 2009, estará a su disposición hasta el 15 de noviembre de 2010.
3ª. Información correspondiente de enero a noviembre de 2010, estará a su disposición hasta el 1 de enero de 2011.
TOMEN SUS PRECAUCIONES PARA EMPEZAR A REALIZAR SUS RESPALDOS DE INFORMACION PARA DIOS NO LO QUIERA ACLARACIONES FUTURAS CON EL IMSS.
SOLO ESPERAMOS QUE EN REALIDAD FUNCIONE Y DEN MEJOR SERVICIO
Estimado Patrón:
Con el objeto de que el Sistema IDSE continúe brindándole un mejor servicio, se le comunica que a partir de 2011 el Instituto mantendrá disponible la información respectiva a movimientos afiliatorios por un plazo de 30 días después de transmitida, por ello se realizará una depuración a la información disponible en el módulo de Movimientos Afiliatorios, la cual se llevará a cabo en 3 etapas:
1ª. Información correspondiente de los años 2005 a 2007, estará a su disposición hasta el 15 de octubre de 2010.
2ª. Información correspondiente de los años 2008 y 2009, estará a su disposición hasta el 15 de noviembre de 2010.
3ª. Información correspondiente de enero a noviembre de 2010, estará a su disposición hasta el 1 de enero de 2011.
TOMEN SUS PRECAUCIONES PARA EMPEZAR A REALIZAR SUS RESPALDOS DE INFORMACION PARA DIOS NO LO QUIERA ACLARACIONES FUTURAS CON EL IMSS.
SOLO ESPERAMOS QUE EN REALIDAD FUNCIONE Y DEN MEJOR SERVICIO
Beneficios Fiscales IMSS por Huracan Karl
Con fecha 5 de Octubre de 2010, se publica en el DOF el acuerdo ACDO.SA1.HCT.290910/309.P.DIR en el que se otorgan beneficios fiscales por parte del imss por las afectaciones del huracan karl
A continuacion los beneficios fiscales para imss por efectos del huracan karl cortesia del amigo Gabriel Aranda
A continuacion los beneficios fiscales para imss por efectos del huracan karl cortesia del amigo Gabriel Aranda
jueves, 30 de septiembre de 2010
Anuncia IMSS Apoyo a patrones afectados por Karl
El dia de hoy en la ciudad y puerto de Veracruz, el Director Daniel Karam dio un anuncio ya esperado, que son los beneficios en materia de cuotas obrero-patronales para el sector empresarial. A continuacion el comunicado de prensa del imss:
miércoles, 29 de septiembre de 2010
Declaratoria de Desastre Natural 29 Septiembre 2010
El dia de hoy 29 de septiembre de 2010, se da a conocer la Declaratoria de Desastre Natural para diversos municipios del Estado de Veracruz.
Cabe recordar que el dia 7 de septiembre ya se habia dado a conocer otros municipios como desastre natural.
Los municipios declarados desastre natural que se señalan a continuacion ya podran verse beneficiados con el Decreto de Beneficios Fiscales publicado el dia 24 de septiembre de 2010.
sábado, 25 de septiembre de 2010
Decreto de Beneficios Fiscales Locales para Veracruz por Karl
A continuacion dejamos a su disposicion el decreto promulgado por el Lic. Fidel Herrera Beltran, Gobernador de Veracruz, donde se dan beneficios fiscales para los veracruzanos.
Municipios que pueden aplicar el Decreto de Beneficios Fiscales
Se hace la precision de que municipios pueden aplicar desde este momento el decreto de beneficios fiscales por el huracan Karl.
viernes, 24 de septiembre de 2010
Extracto del Decreto de Beneficios Fiscales Veracruz
Acontinuacion ponemos a su disposicion un extracto del decreto de beneficios fiscales para los afectados en veracruz por el huracan karl.
1. Se exime de la obligación de pagos provisionales del ISR y del IETU por los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2010, al segundo cuatrimestre y al segundo semestre de 2010, las cuales son personas morales, , personas físicas con actividades empresariales y profesionales, régimen intermedio, así como quienes obtengan ingresos por arrendamiento.
2. Se exime de la obligación de efectuar pagos definitivos (cuota fija) a los REPECOS
3. Deducción al 100% para ISR de las inversiones en bienes nuevos de activo fijo, de conformidad con el artículo 220 de LISR que se realicen entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2010. Quienes cuenten con seguro contra daños sobre los bienes de activo fijo que se hubieran declarado como pérdida total o parcial, solo podrán aplicar el porcentaje del párrafo anterior, sobre el monto recuperado del pago por indemnización de las aseguradoras
4. En materia de retención de ISR por sueldos y salarios, por los periodos de septiembre y octubre de 2010, lo podrán efectuar en 2 parcialidades iguales. Para esto, la primera parcialidad se enterara en noviembre de 2010 y la segunda en diciembre de 2010, debidamente actualizada, SIN PAGO DE RECARGOS.
5. En cuanto al IVA, se podrá pagar los meses de septiembre y octubre en 2 parcialidades, la primera se enterara en noviembre de 2010 y la segunda en diciembre de 2010, debiendo actualizar los montos históricos, SIN PAGO DE RECARGOS.
6. Para quienes estén pagando en parcialidades autorizadas por el SAT de acuerdo al artículo 66 del CFF, podrán diferir el pago de la parcialidad del mes de septiembre de 2010 y subsecuentes, a partir del mes de noviembre de 2010, no deberán pagarse recargos por prorroga o mora
7. Quienes tengan su domicilio fiscal fuera de las zonas afectadas, pero tengan una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento en las zonas afectadas, solo gozaran de los beneficios fiscales por los ingresos, activos, retenciones, valor de actos o actividades y erogaciones correspondientes a la sucursal, agencia o establecimiento. Tratándose del IVA, no se deberán de considerar en el pago mensual de dicho gravamen, por los actos o actividades realizados fuera de las zonas afectadas, el impuesto acreditable que corresponda a los actos o actividades por lo que se aplica el beneficio.
8. Para aplicar los beneficios fiscales que se otorgan, deberán de hacerlo por todos los pagos provisionales a que se refiere el decreto por el periodo de septiembre a noviembre de 2010.
9. Quienes paguen en parcialidades de acuerdo al decreto, no están obligados a garantizar el interés fiscal en términos del artículo 66 fracción II del CFF.
10. Las zonas que se consideran afectadas son las que se mencionan en la declaratoria de desastre natural. Se considera que los contribuyentes tienen su domicilio fiscal, sucursal o agencia o cualquier otro establecimiento, en las zonas afectadas en el Estado de Veracruz, cuando hayan presentado el aviso correspondiente ante el RFC con anterioridad al 1 de septiembre de 2010.
11. Los beneficios fiscales no aplica para la federación, al estado de Veracruz, ni a los municipios, ni sus organismos descentralizados.
La aplicación de los beneficios fiscales establecidos en el presente decreto, no darán lugar a devolución o compensación alguna diferente a la que se tendría en caso de aplicar dichos beneficios.
12. El SAT podrá expedir las disposiciones de carácter general necesarias para la correcta de debida aplicación del presente decreto.
Entrara en vigor el día de suplicación en el DOF y estará vigente hasta el 1 de enero de 2011.
1. Se exime de la obligación de pagos provisionales del ISR y del IETU por los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2010, al segundo cuatrimestre y al segundo semestre de 2010, las cuales son personas morales, , personas físicas con actividades empresariales y profesionales, régimen intermedio, así como quienes obtengan ingresos por arrendamiento.
2. Se exime de la obligación de efectuar pagos definitivos (cuota fija) a los REPECOS
3. Deducción al 100% para ISR de las inversiones en bienes nuevos de activo fijo, de conformidad con el artículo 220 de LISR que se realicen entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2010. Quienes cuenten con seguro contra daños sobre los bienes de activo fijo que se hubieran declarado como pérdida total o parcial, solo podrán aplicar el porcentaje del párrafo anterior, sobre el monto recuperado del pago por indemnización de las aseguradoras
4. En materia de retención de ISR por sueldos y salarios, por los periodos de septiembre y octubre de 2010, lo podrán efectuar en 2 parcialidades iguales. Para esto, la primera parcialidad se enterara en noviembre de 2010 y la segunda en diciembre de 2010, debidamente actualizada, SIN PAGO DE RECARGOS.
5. En cuanto al IVA, se podrá pagar los meses de septiembre y octubre en 2 parcialidades, la primera se enterara en noviembre de 2010 y la segunda en diciembre de 2010, debiendo actualizar los montos históricos, SIN PAGO DE RECARGOS.
6. Para quienes estén pagando en parcialidades autorizadas por el SAT de acuerdo al artículo 66 del CFF, podrán diferir el pago de la parcialidad del mes de septiembre de 2010 y subsecuentes, a partir del mes de noviembre de 2010, no deberán pagarse recargos por prorroga o mora
7. Quienes tengan su domicilio fiscal fuera de las zonas afectadas, pero tengan una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento en las zonas afectadas, solo gozaran de los beneficios fiscales por los ingresos, activos, retenciones, valor de actos o actividades y erogaciones correspondientes a la sucursal, agencia o establecimiento. Tratándose del IVA, no se deberán de considerar en el pago mensual de dicho gravamen, por los actos o actividades realizados fuera de las zonas afectadas, el impuesto acreditable que corresponda a los actos o actividades por lo que se aplica el beneficio.
8. Para aplicar los beneficios fiscales que se otorgan, deberán de hacerlo por todos los pagos provisionales a que se refiere el decreto por el periodo de septiembre a noviembre de 2010.
9. Quienes paguen en parcialidades de acuerdo al decreto, no están obligados a garantizar el interés fiscal en términos del artículo 66 fracción II del CFF.
10. Las zonas que se consideran afectadas son las que se mencionan en la declaratoria de desastre natural. Se considera que los contribuyentes tienen su domicilio fiscal, sucursal o agencia o cualquier otro establecimiento, en las zonas afectadas en el Estado de Veracruz, cuando hayan presentado el aviso correspondiente ante el RFC con anterioridad al 1 de septiembre de 2010.
11. Los beneficios fiscales no aplica para la federación, al estado de Veracruz, ni a los municipios, ni sus organismos descentralizados.
La aplicación de los beneficios fiscales establecidos en el presente decreto, no darán lugar a devolución o compensación alguna diferente a la que se tendría en caso de aplicar dichos beneficios.
12. El SAT podrá expedir las disposiciones de carácter general necesarias para la correcta de debida aplicación del presente decreto.
Entrara en vigor el día de suplicación en el DOF y estará vigente hasta el 1 de enero de 2011.
DECRETO BENEFICIOS FISCALES HURACAN KARL
El dia de hoy fu publicado el decreto de beneficios fiscales para los afectados por el huracan Karl, es sin duda alguna un aliciente en estos momentos de crisis e incertidumbre que vivimos los veracruzanos, ahora solo falta esperar que tanto el IMSS como el INFONAVIT, tambien den facilidades. El decreto a continuacion:
jueves, 23 de septiembre de 2010
SEGURO DE DAÑOS INFONAVIT POR KARL
Bueno dentro de tanta desgracia que esta viviendo el puerto de veracruz, lo menos que se podia esperar eran apoyos de todo tipo, y en especial para quienes perdieron todo y resultaron dañadas sus casas, casas que fueron adquiridas mediante infonavit.
miércoles, 22 de septiembre de 2010
Incentivos Fiscales Veracruz-Propuesta
Esperemos que estos beneficios fiscales anunciados se concreten, pues, la situacion en veracruz es verdaderamente grave, aunque la economia no se para, pero si afecto y mucho, pues las zonas turisticas en algunos lados estan totalmente destruidas, y personas que perdieron todo. Acontinuacion el comunicado.
martes, 14 de septiembre de 2010
PRIMERA RMF 2010 Y ANEXO 1-A
La tan esperad Primera Resolucion Miscelanea Fiscal para 2010..por fin fue publicada luego de tantos anteproyectos el dia de hoy 14 de septiembre se publico en el DOF a continuacion el link de descarga del DOF
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5159342&fecha=14/09/2010
Staff Comentarios Fiscales
JRU
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5159342&fecha=14/09/2010
Staff Comentarios Fiscales
JRU
lunes, 13 de septiembre de 2010
Bancos cierran puertas el 17 de septiembre
Confirmado el dia de hoy en el DOF, se publico que las entidades financieras... que esten sujetas a la supervision de la comision nacional bancaria y de valores, deberan de permacer cerrada el dia 17 de septiembre de 2010, en conmemoracion a los festejos del bicentario.
http://www.mediafire.com/download.php?skt3783ixuf35q7
Fuente: DOF
Staff comentariosfiscales
JRU
http://www.mediafire.com/download.php?skt3783ixuf35q7
Fuente: DOF
Staff comentariosfiscales
JRU
sábado, 11 de septiembre de 2010
Dias inhabiles 15,16 y 17 de Septiembre
Pues no dan gana de mencionarlo pero es un deber hacerlo...El dia de ayer 10 de septiembre salio publicado en el DOF un decreto, donde por la conmemoracion del bicentanario y centario de la independencia y revolucion mexicana, se establecen como dias inhabiles, los dias 15,16 y 17 del mes de septiembre, cabe aclarar que esto solo aplica para los trabajadores que esten regidos bajo el apartado B del articulo 123 de la CPEUM, es decir, los empleados de gobierno, incluyendo escuelas
En cuanto a operaciones con bancos, estos permaneceran abiertos los dias 15 y 17, aunque podria haber algun cambio de ultima hora
Se les recomienda estar al pendiente para que no se vean afectadas las operaciones bancarias y laborales.
Aqui lo publicado en el DOF
http://www.mediafire.com/download.php?ydykmomjxqfhcyt
Staff de Comentarios Fiscales
JRU/EVG
En cuanto a operaciones con bancos, estos permaneceran abiertos los dias 15 y 17, aunque podria haber algun cambio de ultima hora
Se les recomienda estar al pendiente para que no se vean afectadas las operaciones bancarias y laborales.
Aqui lo publicado en el DOF
http://www.mediafire.com/download.php?ydykmomjxqfhcyt
Staff de Comentarios Fiscales
JRU/EVG
martes, 7 de septiembre de 2010
FIRMAN SAT E IMSS CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) firmaron hoy un Convenio de Colaboración Administrativa para el Intercambio de Información en materia fiscal.
“2010, año de la Patria. Bicentenario del Inicio de la Independencia y Centenario del Inicio de la Revolución”
viernes, 3 de septiembre de 2010
Facturacion Electronia en Marcha
El dia de hoy mediante una conferencia de prensa se anuncio la puesta en marcha de la facturacion electronica,
se dieron algunos beneficios, les anexo la siguiente liga:
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/noticias_boletines/33_9040.html#com_123
De igual forma se da a conocer en la pagina del SAT la nueva version del anteproyecto de la primera resolucion miscelanea fiscal
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/legislacion/52_1359.html
se dieron algunos beneficios, les anexo la siguiente liga:
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/noticias_boletines/33_9040.html#com_123
De igual forma se da a conocer en la pagina del SAT la nueva version del anteproyecto de la primera resolucion miscelanea fiscal
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/legislacion/52_1359.html
Video Conferencia del SAT Facturacion Electronica
Les dejamos a su consideracion el siguiente link... http://twitcam.livestream.com/1vqp1
Esperemos que aclaren muchas situaciones con respecto a la facturacion electronica
Esperemos que aclaren muchas situaciones con respecto a la facturacion electronica
sábado, 28 de agosto de 2010
NUEVA CARA DEL SAT
En conmemoracion del Bicentario, el portal del SAT, apartir de hoynos mostrara una nueva cara en su portada de la web, solo esperamos, que los servicios mejoren, pues ultimamente han estado muy inestables. La direccion para que puedan checar y ver la nueva imagen es la misma
jueves, 19 de agosto de 2010
SAT Habilita a SEPOMEX para notificaciones personales
El SAT mediante su pagina de internete da a conocer que habilita al Servicio Postal Mexicano para....El Servicio de Administración Tributaria ha habilitado al Servicio Postal Mexicano (Sepomex) –en los términos del último párrafo del artículo 134 del Código Fiscal de la Federación y de la regla I.2.20.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2010–, para que en su carácter de tercero habilitado realice las notificaciones personales previstas en la fracción I del artículo 134 del Código Fiscal de la Federación.
Este servicio inicia a partir de la tercera semana de agosto de este año y las administraciones locales de recaudación se incorporarán gradualmente.
Este servicio inicia a partir de la tercera semana de agosto de este año y las administraciones locales de recaudación se incorporarán gradualmente.
jueves, 12 de agosto de 2010
INICIA SAT FISCALIZACION A CLUB DE FUTBOL, AGENCIAS AUTOMOVILES Y HOTELES
El dia de hoy en su pagina de internet del SAT, da a conocer que inicia el SAT Acciones en contra de contribuyentes que hayan utilizado esquemas indebidos de sustitucion laboral.
miércoles, 11 de agosto de 2010
Dictamenes Fiscales
Recuerde que en el mes de Agosto de 2010 vence la prorroga otorgada por el SAT para la presentacion del Dictamen Fiscal del ejercicio de 2009...De acuerdo a la publicacion de la pagina del SAT, se otorgo una prorroga para presentar los dictamenes de acuerdo a la leta del RFC del contribuyente, quedando de la siguietne manera:
LETRAS DEL RFC FECHA DE ENVÍO DEL DICTAMEN
________________________________________________________
De la A a la F Del 19 al 23 de Agosto de 2010
De la G a la O Del 24 al 26 de Agosto de 2010
De la P a la Z y & Del 27 al 31 de Agosto de 2010
________________________________________________________
Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal a más tardar el 6 de Septiembre de 2010.
Fuente:
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/orientacion_oe/dictamen_fiscal/default.asp
LETRAS DEL RFC FECHA DE ENVÍO DEL DICTAMEN
________________________________________________________
De la A a la F Del 19 al 23 de Agosto de 2010
De la G a la O Del 24 al 26 de Agosto de 2010
De la P a la Z y & Del 27 al 31 de Agosto de 2010
________________________________________________________
Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal a más tardar el 6 de Septiembre de 2010.
Fuente:
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/orientacion_oe/dictamen_fiscal/default.asp
miércoles, 4 de agosto de 2010
Mensaje del Director del IMSS
MENSAJE DEL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, DANIEL KARAM, ACOMPAÑADO DE INTEGRANTES DEL CONSEJO TÉCNICO DEL IMSS, EN LA SALA DE USOS MÚLTIPLES
jueves, 29 de julio de 2010
MANTENIMIENTO MI PORTAL
Por mantenimiento, las aplicaciones de Mi Portal se encontrarán fuera de servicio desde las 20:00 horas del 29 de julio hasta las 6:00 horas del 3 de agosto (horario del centro).
Ponemos a su disposición las siguientes alternativas:
Ponemos a su disposición las siguientes alternativas:
IMPORTANTE ACTUALIZACIÓN SUA VERSION 3.2.8
Aviso a los patrones:
Es necesario actualizar el SUA a la versión 3.2.8, antes del 31 de agosto del 2010, ya que las Entidades Receptoras, sólo recibirán pagos con ésta versión. Disponible en: http://www.imss.gob.mx/patrones/complementos
Para cualquier aclaración o duda acuda a su Subdelegación o llame al 01 800 6 23 23 23
Estimado Patrón
Se le comunica que la generación de archivos de pago de las cuotas obrero patronales, se deberá realizar con el Sistema Único de Autodeterminación SUA; dicho archivo se debe entregar en las entidades receptoras autorizadas al momento de efectuar su pago”
En caso de requerir apoyo para la generación del disco de pago, acudir a la Subdelegación de control del registro patronal.
Para mayores informes, comuníquese al teléfono:
01 800 623 23 23.
Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social
Es necesario actualizar el SUA a la versión 3.2.8, antes del 31 de agosto del 2010, ya que las Entidades Receptoras, sólo recibirán pagos con ésta versión. Disponible en: http://www.imss.gob.mx/patrones/complementos
Para cualquier aclaración o duda acuda a su Subdelegación o llame al 01 800 6 23 23 23
Estimado Patrón
Se le comunica que la generación de archivos de pago de las cuotas obrero patronales, se deberá realizar con el Sistema Único de Autodeterminación SUA; dicho archivo se debe entregar en las entidades receptoras autorizadas al momento de efectuar su pago”
En caso de requerir apoyo para la generación del disco de pago, acudir a la Subdelegación de control del registro patronal.
Para mayores informes, comuníquese al teléfono:
01 800 623 23 23.
Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social
miércoles, 28 de julio de 2010
Beneficios IMSS Huracan Alex
Bueno el dia de hoy 23 de julio se publico en el DOF los beneficios fiscales por las afectaciones causadas por el huracan Alex, a continuacion le dejamos la publicacion del DOF
viernes, 23 de julio de 2010
Posible prorroga para Dictamenes Fiscales
Bueno en la pagina del SAT esta a disposicion la nueva version del anteproyecto de la primera modificacion a las Reglas Miscelaneas, donde se daria o dara un nuevo plazo de presentacion del Dictamen Fiscal. Para acceder a dicho anteproyecto, le dejamos el link directo del sat
ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/anteproyectos/A_1aRMF_230710.pdf
ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/anteproyectos/A_1aRMF_230710.pdf
jueves, 22 de julio de 2010
BIENVENIDA
Estamos trabajando para dejar lista esta nueva forma de comunicarnos con todos.
Gracias
Gracias
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